En
el Tema anterior, se conceptualizó el Derecho Real y sus diferencias con el
Derecho de Obligaciones. Es menester destacar la importancia de su estudio y
análisis, esto es a razón de conocer el régimen legal de los bienes económicos,
su aprovechamiento, explotación y distribución de los factores de producción
como fenómenos socio-económicos que constituyen un punto de interés general.
Ahora,
pasaremos a clasificar esta división del Derecho Civil, que consta en cuatro
categorías:
1.
Principales: Son aquellos que poseen existencia
propia, por ejemplo: La posesión, la propiedad y el usufructo.
2.
Accesorios: Son todos aquellos que dependen de
otros para su existencia, y su justificación está basada en un derecho
principal. Ejemplos: Todos los derechos reales de garantía.
3.
Definitivos: Como la propiedad y el usufructo.
4.
Provisionales: Son todos los que pueden en un futuro
como la posesión pasar a ser definitivos.
5.
Amplios: Los que comprenden una variedad
completa de atributos. Ejemplo: El derecho de Propiedad.
6.
Derechos Reales Inmuebles: Los que recaen sobre
este tipo de bienes. Ejemplo: la hipoteca, anticresis, el derecho de
habitación.
7.
Derechos Reales Muebles: Son aquellos que operan
o recaen sobre bienes muebles (prenda, apropiación), pero existen derechos
reales que inciden indistintamente sobre bienes inmuebles y muebles, como la
propiedad, la posesión, el usufructo, y el derecho de retención.
8.
Derechos reales sobre bienes propios: en ellos
se encuentran la propiedad y la posesión
9.
Derechos reales sobre bienes ajenos: tales como
el usufructo, la posesión, el uso la habitación, la prenda y la anticresis.
Todas estas figuras será analizadas más adelante.
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