El
artículo 531 y siguientes del Código Civil Venezolano nos refiere a otro tipo
de bienes que no están comprendidos en los artículos anteriores, estos son los
Bienes Muebles, los cuales se definen como todas aquellas cosas que pueden
trasladarse fácilmente de un lugar a otro, manteniendo su integridad y la del
inmueble donde estos se encuentren depositados. Son también aquellos bienes o
posesiones personales que se encuentren depositados en estancias que son transportables,
pero que por lo general una persona no puede llevarse consigo. Están
clasificados dentro del artículo anteriormente citado los intereses o acciones
en las sociedades de comercio o industria, aunque esas sociedades sean
propietarias de bienes inmuebles. Existen bienes que son considerados muebles
por su naturaleza porque pueden ser movidos o trasladados de un lugar a otro y
que no han perdido dicha calidad, y hay bienes muebles por determinación
expresa de la ley.
Es
menester destacar que las cosas o bienes muebles no pierden dicha cualidad al
ocupar continuamente el mismo lugar.
Cuando los bienes muebles son inmovilizados por su destinación o por
disposición de la ley, recobran su carácter primitivo desde que son separados
del inmueble al que fueron adheridos. Se mencionan algunos ejemplos: Los libros
de una biblioteca destinada al servicio público, cuadros y objetos de carácter
artístico o científico de un museo, los muebles de una casa, útiles, maquinas,
instrumentos. Resumiendo entonces, los bienes muebles no pierden su carácter o
calidad o cuando:
A)
Ocupan un mismo lugar de manera continua
B)
Si no están adheridas fijamente a un inmueble y
se encuentren destinadas al uso de este
C)
Porque el propietario haya manifestado su
propósito de incorporarlas a un bien inmuebles, así como también los materiales
reunidos para construir un edificio siempre y cuando no se emplean en la
fábrica
D)
Cuando forman un todo de manera permanente.
Clasificación de Bienes Muebles según el
Código Civil Venezolano:
ü
Muebles
por su Naturaleza: Son bienes que pueden cambiar de lugar, bien por si
mismos o movidos por una fuerza exterior. Ejemplo: Un automóvil, una moto, un
sofá, una estufa, electrodomésticos, etc.
ü
Muebles por el objeto a que se refieren o por
determinación de la ley: Son los que se encuentran taxativamente señalados por
el Código Civil en su artículo 533, siendo estos los derechos, las obligaciones
y las acciones que tienen por objeto cosas muebles; y las acciones o cuotas de
participación en las sociedades civiles y de comercio, aunque estas sociedades
sean propietarias de bienes inmuebles. En ese último caso, esas acciones o
cuotas de participación se reputaran muebles hasta que culmine la liquidación
de la sociedad. Son también muebles las rentas vitalicias o perpetuas a cargo
del Estado o de los particulares, salvo, en cuanto a las rentas del Estado, las
disposiciones legales sobre Deuda Pública. Cuando un edificio es objeto de
demolición, dichos materiales originados de tal acción son considerados bienes
muebles, al igual que aquellos materiales reunidos para construir un nuevo
edificio o inmuebles, siempre y cuando no hayan sido empleados en la
construcción.
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