El término hogar es utilizado muy corrientemente por las personas para denominar el lugar donde viven y que está estrechamente relacionado con una sensación de seguridad, confort, pertenencia y calma, es también el Domicilio habitual de una persona y en el que desarrolla su vida privada o familiar. Es el ambiente familiar que se desarrolla en la vivienda habitual.
Nuestra Código Civil permite que cualquier persona pueda excluir de su patrimonio algunos bienes y así quedan estos libres de persecución por parte de los acreedores, considerándose éstos intocables y protegidos con la finalidad de evitar que la familia quede en la ruina en la ejecución o cumplimiento de obligaciones. La constitución de hogar es un derecho real de goce de habitar el inmueble, el hogar puede ser una casa en poblado o fuera de él, o también una casa de labor o cría, siempre y cuando esté destinada a ser la vivienda principal de la familia. Este derecho no implica una transferencia de propiedad cuando este sigue en manos de la persona que lo constituyó, solo ocurre dicha transferencia cuando se es constituida a favor de otra persona y manifiesta su voluntad en tal sentido.
Ahora bien, ¿Quiénes pueden gozar del hogar legalmente constituido?
Gozarán de este derecho las personas a quienes se haya constituido a su favor, pero si no hay constancia clara de quienes son los beneficiarios, el cónyuge, los ascendientes que se encuentren en estado de reclamar alimentos, los hijos que estén solteros y los hijos mayores entredichos o inhabilitados por defecto intelectual. Los beneficiarios mayores de edad que tengan una conducta deplorable o notoriamente mala, perderán el derecho al hogar.
Es importante resaltar que aquel bien se haya constituido como hogar no podrá venderse, donarse, o hipotecarse si no se ha oído previamente a todos los beneficiaros de él o sus representantes legales, y tendrá lugar la autorización judicial cuando exista una necesidad extrema y previa consulta al tribunal superior.
Aquí les dejo estos dos artículos del diario El Universal relacionados con el tema:
http://www.eluniversal.com/2009/02/17/opi_art_proteja-su-hogar_1271163
http://www.eluniversal.com/blogs/derecho-innovador/130509/constitucion-de-hogar-y-vivienda-principal
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